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Este Cmap, tiene información relacionada con: Teoría jurídica de los bienes.cmap, Art. 980 explica que Quien se apodere de una vacante será puesto a disposición del art. 975, contenido en Art. 955, Art. 954 explica Los ornamentos son accesorios cuando están en un lugar especial para estos dentro del inmueble, Por ley son inmuebles: aquellos Derechos de muebles corpóreos., Contenido en Art. 981, Bienes mostrencos y bienes vacantes contenido en Art. 968, Capítulo Primero sobre Disposiciones Preliminares, Bienes mostrencos y bienes vacantes contenido en Art. 965, Bienes mostrencos y bienes vacantes contenido en Art. 973, se divide en Capítulo Segundo, Contenido en Art. 982, Art. 974 explica que Aunque la autoridad conserve el monstreco, quien lo halló recibe la cuarta parte del valor, Art. 941 explica que Lo no excluído del comercio y derechos valorados en dinero, son bienes., contenido en Art. 960, Diferentes clases de bienes dividido en Sección Segunda, Art. 964 considera que Bienes de propiedad privada pertenecen a particulares y se rigen por este Código, Art. 973 explica que Una cuarta parte de la venta se dará a quien halló el mostrenco y el resto a Institución de asistencia pública, Art. 953 explica Son accesorios los bienes destinados por el dueño a otro bien principal., Art. 977 explica que Quien deseé recibir la parte del valor de una vacante debe denunciar la ubicación, Art. 938 explica Son objeto de expropiación cosas que no están excluidas del comercio