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Este Cmap, tiene información relacionada con: 231_art21, Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 3. La duración de estos programas será de un año, para el alumnado que se incorpore una vez cursado cuarto de educación secundaria obligatoria, y de dos para aquéllos que se incorporan una vez cursado segundo, en las condiciones recogidas en el apartado anterior, y no se encuentren en condiciones de cursar cuarto curso en régimen ordinario., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 6. Cada programa de diversificación curricular deberá especificar la metodología, contenidos y criterios de evaluación que garanticen el logro de las competencias básicas., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 2. Podrá participar en estos programas el alumnado desde tercer curso de la educación secundaria obligatoria. Asimismo, podrán hacerlo quienes, una vez cursado segundo, no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en la etapa. En todo caso, su incorporación requerirá la evaluación tanto académica, como psicopedagógica del departamento de orientación del centro, y se realizará una vez oído el propio alumno o alumna y su familia., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 4. Para el alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado tercero, los centros docentes decidirán la duración de los mismos en función de su edad y de sus circunstancias académicas, previo informe del departamento de orientación y una vez oído el alumno o alumna y su familia., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 7. La evaluación del alumnado que curse un programa de diversificación curricular tendrá como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación específicos del programa., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 8. El alumnado que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y cumpla los requisitos de edad establecidos en el artículo 2.a), podrá permanecer un año más en el programa., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 1. Los centros docentes organizarán programas de diversificación curricular para el alumnado que, tras la oportuna evaluación, precise de una organización de los contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferente a la establecida con carácter general y de una metodología específica, para alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria., Art 21. Programa de diversificación curricular ???? 5. La Consejería competente en materia de educación regulará por Orden el currículo de estos programas en el que se incluirán dos ámbitos específicos, uno de ellos con elementos formativos de carácter lingüístico y social, y otro con elementos formativos de carácter científico-tecnológico y, al menos, tres materias de las establecidas para la etapa no contempladas en los ámbitos anteriores, que el alumnado cursará preferentemente en un grupo ordinario. Una de estas materias será Primera lengua extranjera.