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Este mapa conceptual tiene información relacionada a: Transformación, EFECTOS Los socios que permanezcan como miembros de la organización social una vez realizada la transformación, estarán sometidos al régimen jurídico del nuevo tipo social. Las acciones se recibirán de manera proporcional a las participaciones sociales de las que eran titulares con anterioridad de la transformación., La escritura pública de transformación, deberá ser otorgada por la sociedad y por todos los socios que pasarán a responder de las deudas sociales y contendrá las menciones exigidas por la Ley. Se le deberá adjuntar el informe sobre el patrimonio social no dinerario (experto independiente) y se indicará en la misma, el número de acciones que corresponden a cada una de las participaciones sociales anteriores al momento de la transformación, EFECTOS Los socios que no hubieran votado a favor del acuerdo tendrán derecho de separación de la sociedad. Los acuerdos que den lugar al derecho de separación se publicarán en el B.O.R.M. que podrá ser sustituido por una comunicación por escrito a cada uno de los socios que no hayan votado a favor de la transformación. Dicho derecho de separación podrá ejercerse durante el mes contado desde la publicación del acuerdo o desde la comunicación escrita de la aprobación de la decisión social., REQUISITOS La transformación de una sociedad requiere la modificación de sus Estatutos Sociales. En consecuencia, deberá ser acordada por la Junta General debiendo su convocatoria expresar, los puntos a modificar en su orden del día., REQUISITOS Las modificaciones se harán constar mediante escritura pública, que se inscribirá en el Registro Mercantil y se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil., La transformación deberá ser acordada por la Junta General, con los requisitos y formalidades establecidos para la modificación de estatutos. ???? La Junta General, deberá aprobar el balance de la sociedad cerrado el día anterior al día del acuerdo., La Junta General, deberá aprobar el balance de la sociedad cerrado el día anterior al día del acuerdo. ???? La escritura pública de transformación, deberá ser otorgada por la sociedad y por todos los socios que pasarán a responder de las deudas sociales y contendrá las menciones exigidas por la Ley., TRANSFORMACIÓN REQUISITOS, REQUISITOS Requerirá la aprobación mediante el voto favorable de al menos dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social., EFECTOS La transformación, no cambiara la personalidad jurídica de la sociedad, que seguirá subsistiendo bajo la forma nueva., TRANSFORMACIÓN PROCEDIMIENTO, CONCEPTO Cambio de un tipo social a otro, reconocido por la Ley, conservando su personalidad jurídica, CONCEPTO Constituye una modificación esencial de la estructura, pero conserando su propia identidad, TRANSFORMACIÓN EFECTOS, PROCEDIMIENTO La transformación deberá ser acordada por la Junta General, con los requisitos y formalidades establecidos para la modificación de estatutos., TRANSFORMACIÓN CONCEPTO, Se le deberá adjuntar el informe sobre el patrimonio social no dinerario (experto independiente) y se indicará en la misma, el número de acciones que corresponden a cada una de las participaciones sociales anteriores al momento de la transformación ???? La escritura pública de transformación de la sociedad se presentara para su inscripción en el Registro Mercantil, acompañado del balance de la sociedad cerrado el día anterior a la fecha del acuerdo de transformación. La eficacia de la transformación, quedara supeditada a la inscripción de la escritura pública en el Registro Mercantil., CONCEPTO Dicha decisión se produce por el deseo de los socios de adpotar el tipo o la organización de la sociedad, a sus nuevas necesidades