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Este Cmap, tiene información relacionada con: 9.C La escisión de sociedades mercantiles, Adopción del acuerdo en Junta de cada una de las sociedades intervinientes. Se requiere mayoría de 2/3 en SL y en las SA, que vote a favor la ma- yoría del capital social presente, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 103 LSA. ???? Publicación del acuerdo. Se hará por dos vías: - Publicación por triplicado en el BORME - Publicación en dos periódicos de gran tirada a nivel provincial, Convocatoria y celebración de una Junta de Accionistas/ Socios ???? Requisitos de la convocatoria de acuerdo con el art. 97 LSA y el quorum establecido en el art. 103 LSA, Elaboración de un Proyecto de Escisión firmado por todos los administradores de las sociedades implicadas ???? Informe de expertos independientes de- signados por el RM. Se requiere un infor- me por cada una de las sociedades que participen en la escisión, Elaboración de un Proyecto de Escisión firmado por todos los administradores de las sociedades implicadas ???? Arts. 235 y 255 LSA, LA ESCISIÓN SOCIETARIA ???? EFECTOS, LA ESCISIÓN SOCIETARIA ???? PROCEDIMIENTO, LA ESCISIÓN SOCIETARIA ???? CLASES, REGULACIÓN legislación comunitaria Directiva 82/891/CE, Informe de expertos independientes de- signados por el RM. Se requiere un infor- me por cada una de las sociedades que participen en la escisión ???? Puede no ser preceptivo si la sociedad escindida es una Sl y las beneficiarias son soc. comanditarias por acciones o SA. Además puede acordarse la emisión de un único informe conjunto(artículo 256.2 LSA), LA ESCISIÓN SOCIETARIA ???? REGULACIÓN, PROCEDIMIENTO . Elaboración de un Proyecto de Escisión firmado por todos los administradores de las sociedades implicadas, Informe de expertos independientes de- signados por el RM. Se requiere un infor- me por cada una de las sociedades que participen en la escisión ???? Informe justificativo de los administradores en el plano jurídico y económico, Convocatoria y celebración de una Junta de Accionistas/ Socios ???? Adopción del acuerdo en Junta de cada una de las sociedades intervinientes. Se requiere mayoría de 2/3 en SL y en las SA, que vote a favor la ma- yoría del capital social presente, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 103 LSA., EFECTOS . 1.- Transmisión del patrimonio a título universal a las sociedades beneficiarias 2.- En caso de escisión parcial la sociedad escindida continua en funcionamiento y por tanto mantiene su personalidad jurídica 3.- En casos especiales de traspaso patrimonial puede requerirse alguna formalidad específica, como en los casos de: - Transmisión de un bien inmueble (inscripción en el registro de la propiedad) - Transmisión de un derecho de propiedad intelectual (que requiere su comunicación al registro de patentes y marcas), Informe justificativo de los administradores en el plano jurídico y económico ???? Convocatoria y celebración de una Junta de Accionistas/ Socios, CLASES según la transmisión del patrimonio social 1) Escisión total, cuando la sociedad escindida se extingue. Se dan varios subtipos: - Simple - Por absorción - Por constitución - Mixta 2) Escisión parcial, subsiste parte del patrimonio de la soceidad escindida y esta continua en funcionamiento. Se dan los mismos subtipos que en la escisión total., REGULACIÓN legislación nacional - Ley Sociedades Anónimas: Arts. 252 a 259 - Ley Sociedades de Responsabilidad Limitada: (su artículo 94 hace una remisión expresa al régimen de la LSA), CLASES según el patrimonio de la sociedad beneficiaria 1) Escisión Pura. Cuando el patrimonio escindido da lugar a otra sociedad sin que se requiera para ello ningún otro patrimonio externo. 2) Escisión compleja. La fracción patrimonial escindida se une a otras aportaciones. Se dan dos tipologías: - Por absorción - Por constitución, Publicación del acuerdo. Se hará por dos vías: - Publicación por triplicado en el BORME - Publicación en dos periódicos de gran tirada a nivel provincial ???? Inscripción en el Registro, LA ESCISIÓN SOCIETARIA concepto Operación del Derecho de Sociedades por la que se fragmenta total o parcialmente el patrimonio de una sociedad de manera que esas partes se transmitan a una o varias sociedades existentes o de nueva creación, mediante la atribución a los socios de la sociedad escindida de acciones o participaciones de las sociedades beneficiarias