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Este Cmap, tiene información relacionada con: CASO 2, PROMOTORA ¿Cómo justifica su actuación? Responsabilidad civil: Prescripción de la acción, PUBLICIDAD ENGAÑOSA Articulado Art. 5 LGP: "Para determinar si una publicidad es engañosa, se tendrán en cuenta todos sus elementos y principalmente sus indicaciones concernientes a: 1. Las características de los bienes, actividades o servicios, tales como: a) Origen o procedencia geográfica o comercial, naturaleza, composición, destino, finalidad, idoneidad, disponibilidad y novedad. b) Calidad, cantidad, categoría, especificaciones y denominación. c) Modo y fecha de fabricación, suministro o prestación. d) Resultados que pueden esperarse de su utilización. e) Resultados y características esenciales de los ensayos o controles de los bienes o servicios. f) Nocividad o peligrosidad. 2. Precio completo o presupuesto o modo de fijación del mismo. 3. Condiciones jurídicas y económicas de adquisición, utilización a entrega de los bienes o de la prestación de los servicios. 4. Motivos de la oferta. 5. Naturaleza, cualificaciones y derechos del anunciante, especialmente en lo relativo a: a) identidad, patrimonio y cualificaciones profesionales. b) Derechos de propiedad industrial o intelectual. c) Premios o distinciones recibidas. 6. Servicios post-venta.", COMPRADORES Diferente grado de afectación Joan y Marta Compran sobre plano, COMPRADORES Afectados por PUBLICIDAD ENGAÑOSA, Pere y Cristina Compran tras visitar las instalaciones. Protegidos por Art. 8.6 LGP: "El incumplimiento de las normas que regulen la publicidad (...) tendrán consideracion de infracción". Este artículo deriva a el RDL 1/2007 En el Art. 49. d) del RDL 1/2007 está tipificada la infracción que nos ocupa y en Art. 51 de la misma ley están previstas las sanciones para tales infracciones según su gravedad., ANUNCIO PUBLICITARIO Partes involucradas COMPRADORES, Joan y Marta Compran sobre plano protegidos por Art. 1469 del CC: "La obligación de entregar la cosa vendida comprende la de poner en poder del comprador todo lo que exprese el contrato, mediante las reglas siguientes: Si la venta de bienes inmuebles se hubiese hecho con expresión de su cabida, a razón de un precio por unidad de medida o número, tendrá obligación el vendedor de entregar al comprador, si éste lo exige, todo cuanto se haya expresado en el contrato; pero si esto no fuere posible, podrá el comprador optar entre una rebaja proporcional del precio o la rescisión del contrato, siempre que, en este último caso, no baje de la décima parte de la cabida la disminución de la que se le atribuyera al inmueble. Lo mismo se hará, aunque resulte igual cabida, si alguna parte de ella no es de la calidad expresada en el contrato. La rescisión, en este caso, sólo tendrá lugar a voluntad del comprador, cuando el menos valor de la cosa vendida exceda de la décima parte del precio convenido.", Responsabilidad civil: Prescripción de la acción Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación Art. 17.1: "(...)El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año.", PROMOTORA ¿Cómo justifica su actuación? Existencia de los 20.000 m2 de zona comunitaria, pero con una distribución diferente., COMPRADORES Diferente grado de afectación Pere y Cristina Compran tras visitar las instalaciones., PUBLICIDAD ENGAÑOSA Articulado Art. 4 LGP: "Es engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su presentación, induce o pueda inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor", Joan y Marta Compran sobre plano protegidos por Art. 61 RDL 1/2007: "La oferta, promoción y publicidad de los bienes o servicios se ajustarán a su naturaleza, características, utilidad o finalidad y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación. 2. El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato.", ANUNCIO PUBLICITARIO Partes involucradas PROMOTORA, Pere y Cristina Compran tras visitar las instalaciones. Condicionados por: Art 1451 del CC: "La promesa de vender o comprar, habiendo conformidad en la cosa y en el precio, dará derecho a los contratantes para reclamar recíprocamente el cumplimiento del contrato. Siempre que no pueda cumplirse la promesa de compra y venta, regirá para vendedor y comprador, según los casos, lo dispuesto acerca de las obligaciones y contratos en el presente Libro."