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Este Cmap, tiene información relacionada con: MAPA 4-5 corregido y ampliado, SOCIEDADES dos órganos fundamentales Administración, Junta General clases Junta general extraordinaria, JUDICIAL a petición de Socios si J.ordinara/extraordinaria no fue convocada en 6 meses o pzo establecido., Junta general extraordinaria se caracteriza No reunir los requisitos de la J.ordinaria, POR MINORÍA por Socios que representen, al menos, el 5% del C.S, -S-A: accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la J.G por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. (Los estatutos podrán limitar esta facultad) hay que hacer mención a ACCIONES SIN VOTO (Art. 98 - 103 LSC), Se reunirá dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio para Aprobar las cuentas del ejercicio anterior, Junta General derechos Dº información, Dºseparación causas estatutarias -Los estatutos podrán establecer otras causas de separación distintas a las previstas en presente Ley. -La incorporación de estas causas en los estatutos requiere el consentimiento de todos los socios., Administradores o liquidadores (si es el caso) cuando -Dentro de los 6 primeros meses -Lo consideren necesario -Lo diga ley/ estatutos, Junta General convocatoria PLAZO, Junta General convocatoria EN CASOS ESPECIALES, FORMA mediante Anuncio publicado en la página web de la sociedad, Constituyen garantías a favor de los socios minoritarios, del interés de la sociedad y de la legalidad de sus acuerdos y, es un límite al abuso de poder de las mayorías. legitimación -A.nulos: todos los socios, los administradores y cualquier tercero que acredite interés legítimo. -A.anulable: socios asistentes a la junta que hubiesen hecho constar en acta su oposición al acuerdo, los ausentes y los que hubiesen sido ilegítimamente privados del voto, así como los administradores., Disfruta de unos derechos preferentes: -dº a percibir el dividendo anual mínimo, fijo o variable, que establezcan los estatutos LIMITACIÓN S.A: podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior a la mitad del capital social desembolsado., Títulos que puede emitir S.A, que no reconocen a su titular el dºa voto en las J.G, a cambio de otorgarles una ventaja patrimonial consistente en un dividendo mínimo preferente finalidad Otorgar a la sociedad una alternativa para su financiación, es un instrumento alternativo al crédito sin poner en riesgo el control político de la sociedad., Administración concepto Órgano encargado de la gestión interna y de la representación de las sociedades frente terceros., Dº voto comporta -S.R.L: salvo disposición contraria, cada participación social concede a su titular el derecho a emitir un voto -S.A: NO será valida la creación de acciones que alteren la proporcionalidad entre el valor nominal de la acción y el derecho de voto. Además se pude fijar el númer máximo de votos que puede emitir un mismo accionista., Dºseparación causas legales Los socios que no hubieran votado a favor del correspondiente acuerdo tendrán derecho a separarse en los casos siguientes: a. Sustitución o modificación sustancial del objeto social. b. Prórroga de la sociedad. c. Reactivación de la sociedad. d. Creación modificación o extinción anticipada de la obligación de realizar prestaciones accesorias, salvo disposición contraria de los estatutos., 2ª CONVOCATORIA es - Entre 1ª y 2ª mediar almenos 24h