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Este Cmap, tiene información relacionada con: CASO 7, Negocios jurídicos sobre las acciones formas adquisición Adquisición Derivativa, Adquisición Originaria Prohibiciones En ningún caso las sociedades de capital podrán asumir o suscribir sus propias participaciones o acciones ni las creadas o emitidas por su sociedad dominante. SOCIEDAD LIMITADA.La adquisición originaria por la sociedad de responsabilidad limitada de participaciones propias o de participaciones o acciones de la sociedad dominante será nula de pleno derecho. SOCIEDAD ANÓNIMA. Las acciones suscritas infringiendo la prohibición del artículo 134 serán propiedad de la sociedad anónima suscriptora. Cuando se trate de suscripción de acciones propias la obligación de desembolsar recaerá solidariamente sobre los socios fundadores o los promotores y, en caso de aumento de capital social, sobre los administradores., Transmisión de acciones ART 120 LSC Rige principio de libre transmisibilidad, Transmisión de acciones FORMAS Acciones nominativas: entrega de los documentos,deberá inscribirse en el libro registro, Función de representación delegación de facultades 1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otra cosa, el consejo de administración podrá designar de su seno una comisión ejecutiva o uno o más consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona. 2. En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas de la gestión social y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella. 3. La delegación permanente de alguna facultad del consejo de administración en la comisión ejecutiva o en el consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil., Derechos que otorgan las acciones Acciones Sin VOTO Sociedad Limitada. Podrán crear participaciones sociales sin derecho de voto por un importe nominal no superior a la mitad del capital, Derechos que otorgan las acciones ART 93 LSC a. El de participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación. b. El de asunción preferente en la creación de nuevas participaciones o el de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones o de obligaciones convertibles en acciones. c. El de asistir y votar en las juntas generales y el de impugnar los acuerdos sociales. d. El de información., Adquisición Derivativa diferencia entre SOCIEDAD ANÓNIMA a.Cuando las acciones propias se adquieran en ejecución de un acuerdo de reducción del capital adoptado por la junta general de la sociedad. b. Cuando las participaciones o acciones formen parte de un patrimonio adquirido a título universal. c. Cuando las participaciones o las acciones que estén íntegramente liberadas sean adquiridas a título gratuito. d. Cuando las participaciones o las acciones íntegramente liberadas se adquieran como consecuencia de una adjudicación judicial para satisfacer un crédito de la sociedad frente a su titular., 2 o más miembros mancomunados SA Constitución obligatoria, Consejo Administración Órgano colegiado 2 o más miembros mancomunados, 2 o más miembros mancomunados SL Puede optar por no constituirse en junta, Rige principio de libre transmisibilidad ART 123 LSC Posibles restricciones en los Estatutos, Acciones Al Portador: entrega de los títulos y la intervención de fedatario público No Entregados: Rige las normas de cesión de crédito y derechos incorporales., Transmisión de acciones FORMAS Acciones Al Portador: entrega de los títulos y la intervención de fedatario público, Negocios jurídicos sobre las acciones formas adquisición Adquisición Originaria, Acciones Al Portador: entrega de los títulos y la intervención de fedatario público Entregados: Rige ART 545 Código de Comercio., Adquisición Derivativa diferencia entre SOCIEDAD LIMITADA a. Cuando formen parte de un patrimonio adquirido a título universal, o sean adquiridas a título gratuito, o como consecuencia de una adjudicación judicial para satisfacer un crédito de la sociedad contra el titular de las mismas. b. Cuando las participaciones propias se adquieran en ejecución de un acuerdo de reducción del capital adoptado por la junta general. c. Cuando las participaciones propias se adquieran en el caso previsto en el artículo 109.3. d. Cuando la adquisición haya sido autorizada por la junta general, se efectúe con cargo a beneficios o reservas de libre disposición y tenga por objeto participaciones de un socio separado o excluido de la sociedad, participaciones que se adquieran como consecuencia de la aplicación de una cláusula restrictiva de la transmisión de las mismas, o participaciones transmitidas mortis causa., Negocios jurídicos sobre las acciones Consecuencias Infracción 1.Las participaciones sociales y las acciones adquiridas por sociedad anónima deberán ser enajenadas en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de la primera adquisición. 2. Transcurrido este plazo sin que hubiera tenido lugar la enajenación, los administradores procederán de inmediato a convocar junta general para que acuerde la amortización de las acciones propias con la consiguiente reducción del capital social. 3. En el caso de que la sociedad no hubiera reducido el capital social dentro de los dos meses siguientes a la fecha de finalización del plazo para la enajenación, cualquier interesado podrá solicitar la reducción del capital al juez de lo mercantil del lugar del domicilio social., Derechos que otorgan las acciones Acciones Sin VOTO Sociedad Anónima. podrán emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior a la mitad del capital social desembolsado, Consejo Administración art 245 y ss LSC Función de representación