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Este Cmap, tiene información relacionada con: ONZÈ CMAP, cualquier interesado podrá instar la disolución de la sociedad ante el juez de lo mercantil del domicilio social siempre y cuando la solicitud de disolució deberá dirigirse contra la sociedad (art. 366.2 LSC), por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC) condición para el reparto de dividendos (art. 326 LSC) preciso que la reserva legal alcance el 10% del nuevo capital, disminución del valor nominal artículo 317.2 LSC, SOCIEDADES MERCANTILES Exclusión de socios (Capítulo II, Título IX LSC), plazo de dos meses desde su nombramiento para emitirlo. notificación a la sociedad y a los afectados. Copia en el RM. retribución al auditor por parte de la sociedad (art. 355 LSC), por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC) presupuesto (art. 322 LSC) SA: no se podrá reducir el capital en tanto la sociedad cuente con cualquier clase de reservas voluntarias o cuando la reserva legal, una vez efectuada la reducción, exceda del 10% del capital, disolución por constatación de la existencia de causa legal o estatutaria concepto (art. 362 LSC) deberá ser constatada (la causa) por la junta general o por resolución judicial, SOCIEDADES MERCANTILES Disolución de la Sociedad (Capítulo I, Título X LSC), cuando el acuerdo no afecte por igual a todas las participaciones o acciones, será preciso: SRL: consentimiento individual de los titulares de esas participaciones, disolución de pleno derecho concepto - por el transcurso del término de duración fijado en los estatutos, a no ser que hubiera sido expresamente prorrogada e inscrita la prórroga en el RM. - por el transcurso de un año desde la adopción del acuerdo de reducción del CS por debajo del mínimo legal como consecuencia del cumplimiento de una ley Transcurrido un año sin que se hubiese inscrito la transformación o la disolución de la sociedad o el aumento de su capital, los admin. responderán personal y subsidiaria- mente entre sí y con la sociedad de las deudas sociales, por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC) carácter obligatorio de la reducción (art. 327 LSC) SA: cuando las pérdidas hayan disminuido su PN por debajo de las 2/3 partes de la cifra del capital y hubiere transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el PN., para DOTAR RESERVA LEGAL (art. 328 LSC) para la constitución o el incremento de la reserva legal será de aplicación lo establecido en los artículos anteriores (322-326 LSC), por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC) principio de paridad de trato (art. 320 LSC) Se utiliza cuando se haga la reducción para equilibrar el capital y el PN. Dice que ello deberá afectar por igual a todas as participaciones o acciones en proporción a su valor nominal, pero respetando privilegios., Reducción del Capital Social (Capítulo III, del Título VIII de la LSC tipos de reducción por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC), por PÉRDIDAS (arts. 320 - 327 LSC) prohibiciones (art. 321 LSC) este tipo de reducción no puede dar lugar a, por junta general con los requisitos de la modificación de estatutos expresará como mínimo (art. 318.2 LSC) suma a abonar a los socios (en su caso), cualquier interesado podrá instar la disolución de la sociedad ante el juez de lo mercantil del domicilio social siempre y cuando la junta no adoptara alguno de los acuerdos previstos en el artículo anterior, Exclusión de socios (Capítulo II, Título IX LSC) causas estatutarias (art. 351 LSC) se podrán incorporar en los estatutos, este tipo de reducción no puede dar lugar a condonación de la obligación de realizar las aportaciones pendientes, disolución por constatación de la existencia de causa legal o estatutaria responsabilidad solidaria de los administradores (art. 367 LSC) responderán solidariamente los administradores que incumplan la obligación de convocar en el plazo de dos meses la junta general para que adopte, en su caso, el acuerdo o concurso