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Este Cmap, tiene información relacionada con: 1. Actividad financiera y tributo, Subjetivos aquellos que su regulación contienen normas que modulan el gravamen de la riqueza en función de las circunstancias personales y familiares de la persona., Indirectos aquellos que fijan el gravamen en el momento en que la persona manifiesta que posee esa riqueza mediante actos de consumo de la misma (IVA o IGIC), ACTIVIDAD FINANCIERA se divide en DERECHO FINANCIERO, IMPUESTO es considerado TRIBUTO POR EXCELENCIA, TASAS limita con PRECIO PÚBLICO, Objetivos estos no contienen normas que modulen su gravamen en función de este tipo de circunstancias, CONTRIBUCION ESPECIAL es un tributo en el que el obligado tributario no solicita la actividad del ente público, sino que por iniciativa propia realiza una obra o establece un nuevo servicio público o lo amplía., El TRIBUTO clases art.2.2 LGT CONTRIBUCION ESPECIAL, El TRIBUTO clases art.2.2 LGT TASAS, El TRIBUTO clases art.2.2 LGT IMPUESTO, El TRIBUTO son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración Pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos, IMPUESTO clasificación SUBJETVOS U OBJETIVOS, PERSONALES O REALES son Personales, SUBJETVOS U OBJETIVOS son Objetivos, DERECHO FINANCIERO especialidad DERECHO TRIBUTARIO, IMPUESTO es un tributo exigido sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente., CONTRIBUCION ESPECIAL la actividad del ente público ha de proporcionar a un grupo de personas un aumento de valor de sus bienes o un beneficio especial, DERECHO FINANCIERO es una regulacion de la norma que regula la actividad financiera de los entes públicos, INGRESOS recursos - Tributos - Crédito públicos - Patrimonio de entes públicos, DIRECTOS O INDIRECTOS son Indirectos