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Este Cmap, tiene información relacionada con: Rendición de Cuentas, LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO MARCO JURIDICO Ley General de Archivos La presente Ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO MARCO JURIDICO Ley General de protección de datos en posesión La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República, reglamentaria de los artículos 6o., Base A y 16, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V expedición Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Fortalece a la Secretaría de la Función Pública para la prevención y combate de la corrupción, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V ocho observaciones I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución. V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos. VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. VIII. La Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO antecedentes Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental el 11 de junio de 2002 permitió contar con un marco regulatorio para el acceso a la información del gobierno federal. De manera cronológica le siguen algunas reformas a esta ley, como la del 14 de julio de 2014, la del 4 de mayo de 2015 que cambió de nombre de Ley Federal a Ley General, posteriormente la del 27 de enero de 2017 que es la actual y quedó con el nombre de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO RENDICIÓN DE CUENTAS VERTICAL La rendición de cuentas vertical responsabilizaa los funcionarios públicos ante el electorado o la ciudadanía a través de elecciones., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V MARCO JURIDICO Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública La presente Ley es de orden público y tiene por objeto proveer lo necesario en elámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo yJudicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales orealice actos de autoridad, en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la LeyGeneral de Transparencia y Acceso a la Información Pública., Sanción Ante el incumplimiento del deber público, con los mecanismos de rendición de cuentas los funcionarios públicos pueden ser sancionados, por ejemplo, cuando se realiza desvió de recursos públicos, algún encubrimiento, contratación indebida, tráfico de influencias, utilización indebida de información, abuso de funciones. Existen dos grupos de sanciones, dependiendo de la seriedad de la falta: por Sanciones para faltas no graves • Amonestación pública o privada. • Suspensión del empleo, cargo o comisión. • Destitución de su empleo, cargo o comisión. •Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V expedición Reformas al Código Penal Federal. Establece las sanciones que serán acreditables a quienes cometan actos de corrupción: servidores públicos y particulares., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO componentes Sanción Ante el incumplimiento del deber público, con los mecanismos de rendición de cuentas los funcionarios públicos pueden ser sancionados, por ejemplo, cuando se realiza desvió de recursos públicos, algún encubrimiento, contratación indebida, tráfico de influencias, utilización indebida de información, abuso de funciones. Existen dos grupos de sanciones, dependiendo de la seriedad de la falta:, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V expedición El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se transforma en el nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sancionar por faltas graves tanto a servidores públicos como a particulares., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO MARCO JURIDICO Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública La presente Ley es de orden público y tiene por objeto proveer lo necesario en elámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo yJudicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales orealice actos de autoridad, en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la LeyGeneral de Transparencia y Acceso a la Información Pública., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO RENDICIÓN DE CUENTAS HORIZONTAL La rendición de cuentas horizontal somete a los funcionarios públicos a restricciones y controles por parte de organismos gubernamentales, entre pares, por así decirlo. Por ejemplo, los organismos fiscalizadores y supervisores, con facultades para cuestionar, e incluso sancionar, a los funcionarios en casos de conducta indebida., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V expedición Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Establece las bases de coordinación del SNA, a nivel federal y local, así como las características del Sistema Nacional de Fiscalización y de la Plataforma Digital Nacional., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V que Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO RENDICIÓN DE CUENTAS DIAGONAL La rendición de cuentas diagonal se produce cuando los ciudadanos recurren a las instituciones gubernamentales para conseguir un control más eficaz de las acciones del Estado y, como parte del proceso, participan en actividades como formulación de políticas, elaboración de presupuestos, supervisiones de obras públicas, control de gastos, entre otras., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO componentes Participación ciudadana La participación ciudadana es fundamental para que sea posible hablar de rendición de cuentas, pues contribuye al diseño de nuevas y mejores políticas públicas. La participación ciudadana tiene varios beneficios: a. Fomenta la participación y el diálogo entre el gobierno y la sociedad civil b. Genera confianza en la ciudadanía y cercanía entre la sociedad y la política c. Permite formular propuestas para mejorar las políticas públicas, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V MARCO JURIDICO Ley General de protección de datos en posesión La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República, reglamentaria de los artículos 6o., Base A y 16, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados., CONSTITUCIÓN POLÍTICA Art. 6o.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 16 Constitucional, párrafos primero y segundo Artículo 20 Constitucional, Apartado B, Fracciones III, V y VI, y Apartado C, Fracción V MARCO JURIDICO Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios., LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN MÉXICO componentes Transparencia y acceso a la información El acceso a la información generado por todas las autoridades de las instituciones públicas es un elemento indispensable de la rendición de cuentas, representa el componente que permite a la ciudadanía comprender el proceso de toma de decisiones y el uso de los recursos públicos