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Este Cmap, tiene información relacionada con: Pena en Colombia por Sandra Munoz, FINES ???? Reinserción social, FINES ???? Prevención especial, EJEMPLO ???? Una persona que conduce bajo efectos del alcohol y ocasiona un accidente de transito Pena principal: Privación de la libertad. Se pague por el daño causado en lo material y emocional. Pena accesoria: suspensión de la licencia de conducción. Fines de la Pena: Prevención General: La conducción bajo los efectos del alcohol es inaceptable, con consecuencias legales graves. Retribución Justa: La pena debe ser proporcionada al daño causado y a la gravedad del delito. Prevención Especial: Durante su tiempo en prisión, el conductor tendría acceso a programas de rehabilitación y educación que buscan reformar su comportamiento Reinserción Social: Reintegración en la sociedad después de su condena, previniendo futuros accidentes. Protección al Condenado: Seguridad y el bienestar de la persona en prisión libre de abusos o situaciones que pongan en riesgo su integridad física o mental. Principios: Necesidad: Protección a la sociedad y reafirmar el orden jurídico Proporcionalidad: La condena debe ser proporcional a la gravedad del delito y las circunstancias del conductor Razonabilidad: La aplicación de la pena y las condiciones de su ejecución deben ser razonables y estar de acuerdo con los principios de justicia y respeto a los derechos humanos, garantizando al mismo tiempo la seguridad de la sociedad., Protección al condenado ???? FINES, FINES ???? Retribución justa, Retribución justa ???? Implica que la pena debe ser proporcional al daño causado por el delito. En Colombia, este principio está respaldado por disposiciones del Código Penal y otras normativas que establecen las penas aplicables a diferentes tipos de delitos., Se enfoca en evitar que el individuo que ha cometido el delito vuelva a delinquir. En el contexto colombiano, se hace hincapié en que la prevención especial y la reinserción social operan durante la ejecución de la pena de prisión. Esto implica la implementación de programas de rehabilitación y medidas específicas durante el cumplimiento de la condena, de acuerdo con disposiciones del sistema penitenciario y otras leyes relacionadas. ???? Prevención especial, PRINCIPALES (Artículo 35, CP) (Modificado por Art. 2. Ley 2098 de 2021) Deben cumplir con: ACCESORIAS (Artículo 52, CP), Protección al condenado ???? implica garantizar que no sea objeto de amenazas por parte de las víctimas en el futuro. Esta función puede estar respaldada por disposiciones legales que establecen medidas de seguridad para proteger la integridad física y emocional de los condenados, así como por decisiones jurisprudenciales que definen el alcance de esta protección en el contexto de los derechos fundamentales del individuo., FINES ???? Prevención general, PRINCIPIOS ???? Proporcionalidad, Razonabilidad ???? PRINCIPIOS, FINES Requieren de PRINCIPIOS, PRINCIPALES (Artículo 35, CP) (Modificado por Art. 2. Ley 2098 de 2021) ???? Son fundamentales en el sistema penal y se aplican de acuerdo con la gravedad del delito y la culpabilidad del infractor., ACCESORIAS (Artículo 52, CP) ???? No son autónomas ni independientes, sino que complementan y acompañan a las penas principales, FINES Deben cumplir con: ACCESORIAS (Artículo 52, CP), Reinserción social ???? Busca garantizar que el individuo sancionado pueda reintegrarse efectivamente a la vida social. En el contexto colombiano, esto se refiere a medidas y programas destinados a proporcionar al condenado oportunidades de educación, capacitación laboral, apoyo psicológico, entre otros, con el fin de facilitar su reintegración a la sociedad. Estos programas pueden estar regulados por disposiciones específicas del sistema penitenciario y otras leyes relacionadas con la rehabilitación y la reintegración social de los condenados., Prevención general ???? Se refiere a la disuasión de la comisión de delitos en la sociedad en general. En el contexto de la legislación colombiana, se menciona que no es obligatoria la privación del actor, ya que existen otras sanciones como penas principales, sustitutivas y accesorias. Esta idea se relaciona con disposiciones del Código de Procedimiento Penal Colombiano (CPC), específicamente a partir del artículo 34 y siguientes, que establecen estas diferentes formas de sanción., Es basada en el respeto por la dignidad humana (Artículo 1, CP) como fundamento del derecho penal Introduce la aplicación de Bloque de Constitucionalidad (Artículo 2, CP) Tipos de Pena PRINCIPALES (Artículo 35, CP) (Modificado por Art. 2. Ley 2098 de 2021), ACCESORIAS (Artículo 52, CP) ???? Son aquellas que se aplican conjuntamente con las penas principales